miércoles, 18 de mayo de 2011

5.1 LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN EL DERECHO VENEZOLANO


El artículo 525 del CC. Venezolano señala summa, divissio de los bienes al preceptuar: Todas las cosas que pueden ser objeto de la propiedad pública o privada son bienes muebles e inmuebles.

CRITERIO DE DISTINCIÓN ENTRE MUEBLES E INMUEBLES

El criterio físico es que los diferencia.
Los bienes muebles son aquellos que pueden desplazarse de un lugar a otro, es decir, los cuerpos móviles que pueden transportarse de un sitio a otro, por su propia fuerza, como los animales; o, movidos por una fuerza exterior. aquellos que pueden transportarse de un lugar a otro sin cambiar su naturaleza.

Los bienes inmuebles, aquellos que estando adheridos a la tierra, su desplazamiento se hace imposible y por su ubicación fija no se pueden transportar de un sitio a otro, como los terrenos, edificios.

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