sábado, 9 de abril de 2011

1.8 PATRIMONIO AUTONOMO

Es aquel que tiene vida propia sin necesidad de estar vinculado a un sujeto de derecho, son un conjunto de derechos y obligaciones que no está imputado a una persona determinada. Para muchos esta figura no tiene posibilidad de existir en nuestro derecho pero para otros una muestra clara es el de la herencia yacente ejemplo del patrimonio autónomo, como se sabe la herencia yacente es aquel patrimonio hereditario en que se ignora quién es el heredero, no tiene herederos o los que existían han renunciado a dicha herencia, la cual aparece consagrarán artículo 1060 del código civil vigente.

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